Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150529-234

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

234
Ejecución 57 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 57 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dorota Piechuta, frente a “Celmaxmar Global Investments, Sociedad Limitada”, “Meretz, Sociedad Limitada”, “Tienda Open 24 Horas, Sociedad Limitada”, y “US One 25, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Dorota Piechuta con las empresas “Celmaxmar Global Investments, Sociedad Limitada”, “Tienda Open 24 Horas, Sociedad Limitada”, “Meretz, Sociedad Limitada”, y “US One 25, Sociedad Limitada”, con efectos desde esta resolución, condenando a estas a que abonen a aquella las cantidades de:

Indemnización: 6.880,60 euros.

Salarios: 7.438,50 euros brutos, desde el día 22 de octubre de 2014 hasta hoy a razón de 39,15 euros/día.

Cantidad: 5.297,40 euros.

Total de las cantidades: 19.616,50 euros, condena solidaria a las empresas demandadas.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2804/0000/64/238/2014.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María del Carmen López Hormeño.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “US One 25, Sociedad Limitada”, “Meretz, Sociedad Limitada”, “Tienda Open 24 Horas, Sociedad Limitada”, y “Celmaxmar Global Investments, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 29 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/14.500/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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