Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2015

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150529-128

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

URBANISMO

128
Plan parcial

La Junta de Gobierno Local, en su sesión celebrada el día 21 de abril de 2015, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el documento del Plan Parcial del SUNC-1 del Plan General de Móstoles.

Segundo.—De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, sobre procedimiento de aprobación de los Planes Parciales se someterá a información pública por plazo de un mes con el simultáneo requerimiento de los informes preceptivos legalmente exigibles.

Tercero.—Una vez aprobado inicialmente el documento del Plan Parcial procede recabar confirmación sobre cumplimiento de los informes respecto a los aspectos ambientales emitidos por los siguientes organismos:

— Al Canal de Isabel II respecto al cumplimento del Decreto 170/1998 y al funcionamiento de las infraestructuras de saneamiento supramunicipales.

— A la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación de Territorio de la Comunidad de Madrid sobre la calidad ambiental acústica. Real Decreto 1367/2007 y Ley 37/2003, del Ruido.Y la caracterización de la calidad del suelo, artículo 61 de la Ley 5/2003.

— A la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid.

Cuarto.—El documento para aprobación definitiva se presentará atendiendo las siguientes consideraciones que deberán ser subsanadas en la fase de aprobación definitiva:

El Plan Parcial, de acuerdo con el artículo 136 sobre el deber de conservación de las obras de urbanización de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, establecerá la obligación de los propietarios de los solares resultantes de dicha ejecución de constituirse en entidad urbanística de conservación, en cuyo caso la conservación de la urbanización corresponderá a esta.

De acuerdo con el artículo 15.4 de la mencionada Ley se deberá incluir como parte de la documentación del Plan Parcial un informe o memoria de sostenibilidad económica, en el que se ponderará, en particular, el impacto de la actuación en las Haciendas Públicas afectadas por la implantación y el mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes, así como la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos.

Las referencias y desarrollo sobre cumplimiento de normativa sectorial en materia de accesibilidad incluidas en la normativa del Plan Parcial han de entenderse, tal y como manifiesta el documento, con carácter informativo, estando siempre supeditado a lo referido en dicha normativa sectorial y sus posibles modificaciones.

El documento de aprobación definitiva deberá presentarse visado (seis ejemplares) por colegio técnico profesional competente y firmado por la propiedad legalmente representada y el técnico redactor. Se entregará, asimismo, documento completo, incluidos anexos, mediante archivo informático en formato pdf del documento definitivo y fichero del plano base de ordenación en formato dxf o dwg en coordenadas UTM/ETRS89.

Quinto.—El documento Proyecto de Urbanización que se presente para aprobación inicial atenderá el siguiente requerimiento:

— Diseño: se incorporarán los requerimientos establecidos en los ocho primeros puntos del informe que consta en el expediente de 11 de junio de 2014 emitido por la jefe de la Sección de Infraestructuras Urbanas.

— Urbanización del Plan Parcial SUNC-1, Infraestructuras:

• Se modificará sección del firme de la calle E y de los aparcamientos en el sentido especificado en el informe que consta en el expediente de 11 de junio de 2014 emitido por la jefe de la Sección de Infraestructuras Urbanas.

• El diseño paisajístico de la glorieta se modificará en el sentido especificado en el informe que consta en el expediente de 11 de junio de 2014 emitido por la jefe de la Sección de Infraestructuras Urbanas.

• Los Centros de Transformación se instalarán bajo rasante.

• El proyecto de urbanización contendrá los proyectos específicos de los distintos servicios que deberán obtener el visto bueno de los correspondientes departamentos municipales y compañías suministradoras.

Móstoles, a 4 de mayo de 2015.—El concejal de Urbanismo y Medio Ambiente, Jesús Pato Ballesteros.

(02/3.020/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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