Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 126

Fecha del Boletín 
29-05-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150529-120

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

120
Avocación competencias

Decreto 1061/2015, del alcalde-presidente.

Visto que con fecha 13 de junio de 2011, mediante decreto 1394/2011, esta Alcaldía delegó en don Miguel Barbas Saugar, concejal del Ayuntamiento de Arroyomolinos, el ejercicio de las atribuciones de las Áreas de Servicios Generales, Hacienda, Patrimonio y Personal.

Visto que dicha delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

Considerando que por motivos personales don Miguel Barbas Saugar se tiene que ausentar de la localidad unos días, y por no paralizar las actuaciones dependientes de su Concejalía, es conveniente avocar el ejercicio de las competencias delegadas hasta su incorporación.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, resuelvo:

Primero.—Avocar la competencia asumida por don Miguel Barbas Saugar, en virtud de lo dispuesto en la resolución de esta Alcaldía de delegación de competencias de fecha 13 de junio de 2011, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 116 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2868/1986, de 28 de noviembre.

Segundo.—Asumir la competencia para conocer de todos los procedimientos de dicha área que se sucedan durante este período por esta Alcaldía-Presidencia.

Tercero.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4, en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Arroyomolinos, a 14 de mayo de 2015.—Ante mí: la secretaria, Inmaculada Azorín Juan.—El alcalde, Juan Velarde Blanco.

(03/15.272/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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