Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
18-05-2015

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150518-29

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ORDEN 733/2015, de 7 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se resuelve el expediente de amojonamiento del monte demanial denominado “Cerro de Cinco Villas”, número 146 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Puentes Viejas.

Examinado el expediente de amojonamiento del monte demanial denominado “Cerro de Cinco Villas”, número 146 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, propiedad de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Puentes Viejas, cuyo deslinde se aprobó mediante Orden 5106/2009, de 29 de diciembre, con todas las actuaciones realizadas, visto que en su tramitación y ejecución se ha cumplido lo establecido en la legislación vigente y, visto el informe-propuesta del Jefe del Área de Conservación de Montes, con la conformidad del Director General del Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,

DISPONGO

Primero

Aprobar el amojonamiento del monte “Cerro de Cinco Villas”, número 146 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid (en adelante, CUP), situado en el término municipal de Puentes Viejas y perteneciente a la propia Comunidad de Madrid, de acuerdo con las actas, registro topográfico y plano que figuran en el expediente, quedando el monte con la descripción siguiente:

Comunidad Autónoma: Madrid.

Número del catálogo: 146.

Nombre: “Cerro de Cinco Villas”.

Término municipal: Puentes Viejas.

Pertenencia: Comunidad de Madrid.

Límites:

— Norte: Limita con la colada del “Cerro de Cinco Villas” y descansadero-abrevadero de la “Fuente de los Morales”, correspondientes a la parcela catastral 9.701 del polígono 16 de Puentes Viejas y cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid (vías pecuarias).

— Sur: Limita con la colada del “Cerro de Cinco Villas” correspondiente a la parcela catastral 9.701 del polígono 16 de Puentes Viejas y cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid (vías pecuarias).

— Este: Limita con la parcela 128 del polígono 16 del catastro siendo los titulares catastrales don Tomás Velasco Serna, doña Alejandra Araceli Velasco Sanz y “Actividades Turísticas Rurales El Aprisco, Sociedad Limitada”.

— Oeste: Limita con la colada del “Cerro de Cinco Villas” correspondiente a la parcela catastral 9.701 del polígono 16 de Puentes Viejas y cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid (vías pecuarias).

Descripción de linderos: El monte “Cerro de Cinco Villas” está situado en el término municipal de Puentes Viejas, al oeste del pueblo de Cinco Villas. Se accede al mismo a través de la colada del “Cerro de Cinco Villas”.

Se lleva a cabo la definición del perímetro exterior mediante la colocación de un total de 33 hitos.

El lindero norte empieza en el hito número 20 y termina en el hito número 26, habiendo dos tramos de colindancia con el monte. El primer tramo comienza en el hito número 20, donde continúa la colindancia del monte con la vía pecuaria clasificada como “Colada del Cerro de Cinco Villas” y finaliza dicha colindancia en el hito número 22. Desde este hito se inicia la colindancia con la vía pecuaria clasificada como “Descansadero-Abrevadero de la Fuente de los Morales” hasta el hito número 26, que coincide con un mojón que tiene grabadas las iniciales de monte público, definiéndose así el segundo tramo de colindancia de este lindero norte. Tanto la colada como el descansadero pertenecen a la parcela catastral 9701 del polígono 16 de Puentes Viejas y de titularidad catastral perteneciente a la Comunidad de Madrid (vías pecuarias).

El recorrido del lindero norte del monte coincide con el que siguen los majanos que en su día se utilizaron como indicadores del límite de la repoblación.

El lindero este comienza en el hito número 26 y finaliza en el hito número 1, lugar en el que comienza la colindancia del monte con la vía pecuaria clasificada como “Colada del Cerro de Cinco Villas”. La parcela colindante con el monte en este tramo pertenece a la parcela 128 del polígono 16 del Catastro de Rústica, cuyos titulares catastrales son don Tomás Velasco Serna, doña Alejandra Araceli Velasco Sanz y “Actividades Turísticas Rurales el Aprisco, Sociedad Limitada”.

El perímetro del monte en este tramo queda definido por los hitos que se han colocado en coincidencia con lo que describen los documentos de expropiación de la finca que posteriormente paso a formar parte del monte.

El lindero sur empieza en el hito número 1 y finaliza en el hito número 11. El hito número 1 se ubica al lado de una roca movediza de forma irregular, de dos metros de longitud, setenta centímetros de anchura y un metro veinte de altura, en su cara anterior tiene grabada una cruz antigua. En este hito comienza la colindancia del monte con la vía pecuaria denominada “Colada del Cerro de Cinco Villas” que continuará en el hito número 11. La “Colada del Cerro de Cinco Villas” pertenece a la parcela catastral 9701 del polígono 16 de Puentes Viejas, cuyo titular catastral es la Comunidad de Madrid (vías pecuarias).

El recorrido del lindero sur del monte coincide con el que sigue el perímetro de la valla metálica y por los majanos que en su día se utilizaron como indicadores del límite de la repoblación.

El lindero oeste empieza en el hito número 11 donde continúa la colindancia con la parcela catastral 9701 del polígono 16 de Puentes Viejas, en la que se incluye la vía pecuaria clasificada con el nombre de “Colada del Cerro de Cinco Villas”, cuya titularidad catastral es la Comunidad de Madrid (vías pecuarias). Este lindero finaliza en el hito número 20 donde continúa la misma colindancia.

El recorrido del lindero oeste del monte coincide con el que siguen los majanos que en su día se utilizaron como indicadores del límite de la repoblación.

Superficies:

— Superficie total del monte: 66,531 ha.

— Superficie total: 66,531 ha.

— Superficie enclavados: 0,0000 ha.

— Superficies públicas: …

— Superficie del monte: 66,531 ha.

— Superficie estimada de vías pecuarias (según clasificación): 0,0000 ha.

— Superficie total pública: 66,531 ha.

Segundo

Llevar los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Madrid.

Tercero

Llevar los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Registro de la Propiedad de Torrelaguna.

Cuarto

Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la presente Orden, por la que se resuelve el expediente de amojonamiento del Monte del CUP número 146 “Cerro de Cinco Villas”, situado en el término municipal de Puentes Viejas y perteneciente a la propia Comunidad de Madrid.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, a 7 de mayo de 2015.—El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, PD (Orden 441/2013, de 27 de febrero; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 53, 4 de marzo de 2013), el Viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Enrique Ruiz Escudero.

(03/14.745/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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