Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
18-05-2015

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150518-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Notificación infracción normativa residuos

Intentada sin efecto la notificación a la interesada, se procede a la notificación por edictos de la resolución de Alcaldía 1466/2014, de 29 de diciembre, por la que se impone a doña Antonia Lerma Rico (DNI 674548-G) una sanción de multa de 100 euros por infracción de la normativa de residuos (cometida el 16 de febrero de 2014).

El expediente está a su disposición en Secretaría del Ayuntamiento.

El presente acto agota la vía administrativa. Contra el mismo cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en base a lo dispuesto en el artículo 116.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazos de ingreso liquidación

Período voluntario: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el importe de la presente liquidación deberá pagarse:

— Si la publicación de este anuncio se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 de mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

— Si la publicación de este anuncio se realizara entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato siguiente.

El ingreso deberá hacerse efectivo en:

— “Bankia”, 2038 2454 12 6000203923.

— “Caixa”, 2100 4044 04 2200013856.

Para proceder al archivo del expediente deberá ser o comunicar la fecha de ingreso o indicar el número de expediente o concepto en el ingreso.

Con recargo: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, las deudas no satisfechas en los períodos citados en los apartados anteriores conllevará el inicio del período ejecutivo y notificada la providencia de apremio, el pago de la deuda tributaria se desarrollará conforme al artículo 72 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

En Nuevo Baztán, a 14 de abril de 2014.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez.

(02/2.480/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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