Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2015

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150508-65

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PEZUELA DE LAS TORRES

RÉGIMEN ECONÓMICO

65
Tributos 2015

Decreto de Alcaldía 59 de 2015.—Doña Elena Fernández Carmona, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Pezuela de las Torres, de conformidad con lo prevenido en los artículos 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local; 41.18 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, y 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de cobro periódico por recibo de ejercicio 2015, resuelvo:

Que la recaudación se lleve a cabo en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento, sita en la plaza de la Constitución, número 1, 28812 Pezuela de las Torres (Madrid), así como en las entidades bancarias autorizadas, en las fechas siguientes:

— Del 13 de abril al 15 de junio de 2015:

• Impuesto de vehículos de tracción mecánica.

• Tasa de vados.

• Primer semestre de basura.

— Del 13 de julio al 25 de septiembre de 2015:

• Segundo semestre de basura.

• Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

• Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.

• Impuesto sobre actividades económicas.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores al inicio de cada uno de los períodos voluntarios indicados, durante los cuales podrán ser examinados a fin de que, en su caso, puedan formularse las reclamaciones que se estimen procedentes por los interesados.

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

En Pezuela de las Torres, a 12 de marzo de 2015.—La alcaldesa, Elena Fernández Carmona.

(02/1.848/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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