Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
08-05-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150508-184

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 3

184
Juicio 46 de 2014

EDICTO

Don Alberto Montón Márquez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Barcelona.

En este órgano judicial se tramita el procedimiento despido objetivo individual número 46 de 2014, sobre extinción por voluntad del trabajador (artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores), siendo parte demandante/ejecutante don Marco Ordelman y parte demandada/ejecutada “Euclides Información, Sociedad Limitada”, “Euclides Global, Sociedad Limitada”, “Themis Desarrollo de Inversiones, Sociedad Limitada”, “Quonext Technology, Sociedad Anónima”, y Fons de Garantía Salarial, en el que se ha dictado una resolución de fecha 17 de abril de 2015.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada “Euclides Global, Sociedad Limitada”, y “Themis Desarrollo de Inversiones, Sociedad Limitada”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, he acordado citarles para que comparezcan en la Sala SC1 de la Ciutat de la Justicia (Gran Via de les Corts Catalanes, número 111, edificio S), el día 21 de septiembre de 2015, a las once y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el secretario judicial y el segundo ante el magistrado.

Les advierto de que deben concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse; si se trata de la prueba documental, deben presentarla debidamente ordenada y numerada.

Asimismo, les advierto de que su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y del juicio, que continuarán sin necesidad de declarar su rebeldía y que podrá ser tenida por conforme con los hechos de la demanda.

Contra dicha resolución, la parte puede interponer recurso de reposición ante el secretario judicial, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de tres días contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución, además de los requisitos y advertencias legales que constan en la resolución y en los artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

La resolución que acuerda citarle está a disposición de la parte en la oficina judicial de este órgano judicial (instrucción 6/2002, de la Secretaría General de la Administración de Justicia).

Y para que sirva de notificación y de citación a “Euclides Global, Sociedad Limitada”, y “Themis Desarrollo de Inversiones, Sociedad Limitada”, parte demandada, cuyo domicilio o residencia se desconoce, expido y firmo el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se realizarán fijando una copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de esta oficina judicial, salvo las resoluciones que deban revestir forma de auto o de sentencia o decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Barcelona, a 17 de abril de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.198/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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