Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
28-04-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150428-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TARRAGONA NÚMERO 3

109
Expediente 804 de 2014

EDICTO

Doña Paloma de Diego Moreno, secretaria del Juzgado de lo social número 3 de Tarragona.

Hace saber: Que en este Juzgado se ha tramitado el expediente número 804 de 2014 instado por don Victoriano Marcos Hernández, contra “Fluma, Sociedad Anónima”, “Cíes Mantenimiento Integral, Sociedad Anónima”, y “Control y Aplicaciones, Sociedad Anónima”, en el cual se ha dictado resolución, que es del tenor literal siguiente:

Auto de acumulación número 42 de 2015

En Tarragona, a 24 de marzo de 2015.—Vistos por mí, don Francisco Javier Sánchez Icart, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 3 de esta ciudad, las presentes actuaciones, dicto la siguiente resolución.

Por todo lo expuesto,

Parte dispositiva:

Dispongo: Acceder a la acumulación, acordando la remisión de las presentes actuaciones para su acumulación a los autos número 370 de 2014 que se tramitan en el Juzgado de lo social número 1 de Tarragona.

Remítase atento oficio, dejando la debida constancia en los libros de registro.

Modo de impugnación: mediante recurso de revisión ante el magistrado-juez, que se debe presentar en este órgano judicial en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación en el que debe citar la infracción en que la resolución haya incurrido (artículo 188.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Sin estos requisitos no se admitirá el recurso. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida y para su interposición será necesaria, previamente, la consignación del depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 4693/0000/30/0804/14 en el “Banco Santander”. Quedan exentos de dicho depósito trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, así como beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a “Fluma, Sociedad Limitada”, “Cíes Mantenimiento Integral, Sociedad Anónima”, y “Control y Aplicaciones, Sociedad Anónima”, expido el presente, dado el ignorado paradero de las citadas empresas, haciéndoles saber que la copia de la resolución está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo social del número 3 de Tarragona.

En Tarragona, a 24 de marzo de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.744/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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