Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
28-04-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150428-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 2

64
Juicio verbal 766 de 2014

EDICTO

En el procedimiento de juicio verbal número 766 de 2014-J seguido en este Juzgado a instancias de don José Manuel Gracia Alonso y doña Consolación Carballar Uceda, representados por la procuradora doña María del Pilar Poveda Guerra, contra don Rubén Fernando Alonso Barrios y doña Alejandra Andrea Guerrero, en situación de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 6 de febrero de 2015, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora Poveda Guerra, en nombre y representación de don José Manuel Gracia Alonso y doña Consolación Carballar Uceda, contra don Rubén Fernando Alonso Barrios y doña Alejandra Andrea Guerrero, debo condenar y condeno a don Rubén Fernando Alonso Barrios y doña Alejandra Andrea Guerrero a que abonen de forma conjunta y solidaria a don José Manuel Gracia Alonso y doña Consolación Carballar Uceda la cantidad de 4.050 euros, con los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. Todo ello con expresa condena en costas de don Rubén Fernando Alonso Barrios y doña Alejandra Andrea Guerrero.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación a interponer, ante este Juzgado, en el término de veinte días que será sustanciado y resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid. En el momento de la interposición del recurso de apelación la parte apelante deberá constituir un depósito por la cuantía de 50 euros, bajo advertencia de inadmisión.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias civiles que al efecto existe en la Secretaría de este Juzgado, quedando en las actuaciones testimonio de la misma.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Rubén Fernando Alonso Barrios y doña Alejandra Andrea Guerrero se extiende la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y para que sirva de notificación a los mismos.

Móstoles, a 12 de febrero de 2015.—El secretario (firmado).

(02/2.396/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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