Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
28-04-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150428-57

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18

57
Procedimiento ordinario 972 de 2014

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 972 de 2014 entre “Banque PSA Finance” (sucursal en España), y don Víctor Guillermo Nogales Uribe, en reclamación de 27.003,84 euros, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Se estima la demanda formulada por el procurador don Evencio Conde de Gregorio, en nombre y representación de “Banque PSA Finance”, defendida por el letrado señor Martínez, contra don Víctor Nogales Uribe, en rebeldía en los presentes autos, y se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de veintisiete mil tres euros y ochenta y cuatro céntimos (15.368,35 euros), intereses de demora al tipo de interés legal y costas.

Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación.

Adviértase a las partes que no se admitirá a trámite el recurso si no se acredita haber consignado la cantidad de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—En la misma fecha yo, la secretaria judicial, doy fe de su publicación.

Parte dispositiva:

Se rectifica la sentencia de fecha 9 de febrero de 2015 en el sentido de que debe decir: “Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de veintisiete mil tres euros y ochenta y cuatro céntimos (27.003,84 euros)”.

Y para que sirva de notificación a don Víctor Guillermo Nogales Uribe expido y firmo la presente en Madrid, a 17 de febrero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/2.229/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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