Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
10-04-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150410-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 29

103
Procedimiento 787 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de modificación de medidas definitivas número 787 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 8 de mayo de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Teresa Martín Nájera, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 29 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 787 de 2012, sobre modificación de medidas definitivas, a instancias de doña Erica Solange Schenone, representada por el procurador don Miguel Ángel Capetillo Vega, contra don Gustavo Martín Villalba.

Fallo

Estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Erica Solange Schenone, contra don Gustavo Martín Villalba, procede modificar la sentencia dictada el día 14 de febrero de 2008 en lo que se oponga a las siguientes medidas:

Se suspenden las visitas establecidas a favor del padre en dicha resolución.

Se atribuye a la madre el ejercicio exclusivo de la patria potestad sobre el hijo común nacido el día 20 de enero de 2005.

No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se interpondrá, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la presente sentencia. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegacione en que se basa la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Debiendo acompañar el justificante de haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado el depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Gustavo Martín Villalba se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 18 de julio de 2014.—El secretario (firmado).

(02/7.679/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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