Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
28-03-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150328-13

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

13
Procedimiento ordinario 1.308 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.308 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de los Ángeles Suárez Canosa, frente a “Sumcoser, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 46 de 2015

En Madrid, a 3 de febrero de 2015.—Doña Patricia Navas Catalá, magistrada-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 1 de Madrid, ha visto los presentes autos de reclamación de cantidad número 1.308 de 2014, promovidos a instancias de doña María de los Ángeles Suárez Canosa, defendida por letrado, contra la empresa “Sumcoser, Sociedad Limitada”, con emplazamiento del Fondo de Garantía Salarial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente y general aplicación al caso,

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña María de los Ángeles Suárez Canosa, contra “Sumcoser, Sociedad Limitada”, con emplazamiento del Fondo de Garantía Salarial, condenando a la parte demandada a pagar a la trabajadora demandante la cantidad de 9.035,20 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes y hágaseles saber que no es firme y haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo social), debiendo anunciarlo previamente por comparecencia o mediante escrito, ante este Juzgado, en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sumcoser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.497/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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