Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
21-03-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150321-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 8

76
Ejecución 41 de 2014

EDICTO

Doña María del Rosario Serrano Lorca, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 41 de 2014, a instancias de la parte actora don Roberto Alonso González, don Ruperto Araya Morales, don Mohamed Belkaidi, don Enrique Fernández Collado, don Andrés Gálvez Gálvez, don Juan José García Fernández, doña Gloria Góngora Ariza, don José María Méndez Cuadros, don Francisco Porras Arjona y don Juan Luis Sánchez Márquez, contra “Trap, Sociedad Anónima”, “Posibilitum Business, Sociedad Limitada”, “Autopullman Jucan, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución, se ha dictado auto de fecha 30 de enero de 2015, siendo la parte dispositiva del tenor literal siguiente:

1. Estimar la pretensión de la ejecución del fallo de la sentencia recaída en los autos números 290-299 de 2011 promovida por don Roberto Alonso González, don Ruperto Araya Morales, don Mohamed Belkaidi, don Enrique Fernández Collado, don Andrés Gálvez Gálvez, don Juan José García Fernández, doña Gloria Góngora Ariza, don José María Méndez Cuadros, don Francisco Porras Arjona y don Juan Luis Sánchez Márquez, contra “Trap, Sociedad Anónima”, “Posibilitum Business, Sociedad Limitada”, y “Autopullman Jucan, Sociedad Limitada”.

2. Declarar extinguida la relación laboral que ligaba a las partes.

3. Condenar, conjunta y solidariamente, a “Trap, Sociedad Anónima”, “Posibilitum Business, Sociedad Limitada”, y “Autopullman Jucan, Sociedad Limitada”, a abonar:

A don Roberto Alonso González: la cantidad de 18.629,35 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 64.955,83 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

A don Ruperto Araya Morales: la cantidad de 98.805,49 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 112.909,41 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

A don Mohamed Belkaidi: la cantidad de 11.399,94 euros en concepto de indemnización, más la cantidad de 59.124,42 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

A don Enrique Fernández Collado: la cantidad de 32.626,20 euros de indemnización, más la cantidad de 102.621,24 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

A don Andrés Gálvez Gálvez: la cantidad de 108.407,43 euros de indemnización, más la cantidad de 115.427,19 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

A don Juan José García Fernández: la cantidad de 102.822,72 euros de indemnización, más la cantidad de 115.875,76 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

A doña Gloria Góngora Ariza: la cantidad de 91.967,31 euros de indemnización, más la cantidad de 98.121,07 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

A don José María Méndez Cuadros: la cantidad de 111.226,06 euros de indemnización, más la cantidad de 118.668,47 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

A don Francisco Porras Arjona: la cantidad de 15.636,40 euros de indemnización, más la cantidad de 93.302,56 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

A don Juan Luis Sánchez Márquez: la cantidad de 108.337,25 euros de indemnización, más la cantidad de 115.586,36 euros en concepto de salarios dejados de percibir.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don José Luis Manjón-Cabeza Marín, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 8 de Málaga.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a las demandadas “Trap, Sociedad Anónima”, “Posibilitum Business, Sociedad Limitada”, y “Autopullman Jucan, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a 5 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.822/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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