Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
07-03-2015

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150307-88

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

88
Procedimiento 429 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 429 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel de la Plata Manjón, frente a “Fraternidad-Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 275”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Metropol Rooms Alcalá Garena, Sociedad Limitada”, y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando como estimo la demanda formulada por don Ángel de la Plata Manjón, contra la mutua “Fraternidad-Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 275”, y la empresa “Metropol Rooms Alcalá Garena, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro el derecho de aquel a percibir la prestación de incapacidad temporal del período 21 de febrero a 24 de mayo de 2014, condenando a la empresa al abono de 399,36 euros, con la responsabilidad subsidiaria de la mutua y condenando a “Fraternidad-Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 275”, al pago de 3.327,25 euros, sin perjuicio del derecho de la mutua a repetir contra la empresa el pago anticipado en el importe de 3.327,25 euros.

Y desestimando como desestimo la demanda formulada por don Ángel de la Plata Manjón, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a estos de los pedimentos de aquel.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Metropol Rooms Alcalá Garena, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 6 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.887/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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