Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150305-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

125
Procedimiento ordinario 124 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Herrero Barrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 124 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Darius Sorin Preda, frente a “Gestiona Llorente & Checa, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 43 de 2015

En Madrid, a 2 de febrero de 2015.—Vistos por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de refuerzo en el Juzgado de lo social número 4 de Madrid, el juicio promovido por reclamación de cantidad con el número de autos 124 de 2014, a instancias de don Darius Sorin Preda, asistido por el letrado don Lucas García, frente a la entidad “Gestiona Llorente y Checa, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Darius Sorin Preda, frente a la entidad “Gestiona Llorente y Checa, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.646,66 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación, siendo firme desde la fecha en la que se dicta.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a las actuaciones, llevándose el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestiona Llorente & Checa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.390/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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