Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150305-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
Modificación presupuestaria 2/2015

En la Intervención municipal de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de la formulación de las reclamaciones pertinentes, el expediente de rectificación modificación presupuestaria 2/2015, en la modalidad de crédito extraordinario, aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el 27 de febrero de 2015.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y por los motivos taxativamente enumerados en el artículo 170.2 de la misma norma, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que reclama: Ayuntamiento Pleno.

Si se produjeran reclamaciones en el expresado plazo estas deberán resolverse por el Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes y aprobar definitivamente la modificación presupuestaria; si no se produjeran reclamaciones el acuerdo provisional se elevará a definitivo, entendiéndose la modificación definitivamente aprobado.

En Villalbilla, a 2 de marzo de 2015.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.

(03/7.034/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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