Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150302-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 7

114
Procedimiento ordinario 743 de 2010

EDICTO

En el presente procedimiento ordinario número 743 de 2010 seguido a instancias de doña María Teresa Muñoz Butragueño, doña Concepción Muñoz Butragueño, doña Encarnación García García, don Ángel Muñoz García, doña Encarnación Muñoz García, doña Luisa Valtierra Sainero, doña Ángeles Muñoz Valtierra, don Julio Muñoz Valtierra y don Ricardo Campos Hernando, frente a la herencia yacente de doña María del Carmen Trompeta López, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 26 de 2014

En Getafe, a 8 de abril de 2014.—Visto por mí, doña María de los Ángeles Velázquez Martín, las presentes actuaciones de procedimiento ordinario número 743 de 2010, seguidas a instancias de doña María Teresa Muñoz Butragueño, doña Concepción Muñoz Butragueño, doña Encarnación García García, don Ángel Muñoz García, doña Encarnación Muñoz García, doña Luisa Valtierra Sainero, doña Ángeles Muñoz Valtierra y don Julio Muñoz Valtierra, frente a doña María del Carmen Trompeta López.

Fallo

Acuerdo tener por allanada a la parte demandada, herencia yacente de doña María del Carmen Trompeta López, en todas las pretensiones de la parte demandante, doña María Teresa Muñoz Butragueño, doña Concepción Muñoz Butragueño, doña Encarnación García García, don Ángel Muñoz García, doña Encarnación Muñoz García, doña Luisa Valtierra Sainero, doña Ángeles Muñoz Valtierra y don Julio Muñoz Valtierra, estimándose la demanda y, en consecuencia, se declara a doña María Teresa Muñoz Butragueño, doña Concepción Muñoz Butragueño, doña Encarnación García García, don Ángel Muñoz García, doña Encarnación Muñoz García, doña Luisa Valtierra Sainero, doña Ángeles Muñoz Valtierra y don Julio Muñoz Valtierra, como legítimos propietarios del 100 por 100 de la finca sita en Getafe, calle Recodo, número 8, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Getafe, al tomo 267, libro 65, folio 8, finca 1.412, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, sin expresa condena en costas.

Modo de impugnación: contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el ministerio fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente.

Así lo manda y firma la magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Getafe, de lo que doy fe.

Se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma.

En Getafe, a 12 de diciembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/970/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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