Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2015

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150223-58

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias

Secretaría General Técnica

58
Notificación procedimientos sancionadores

EDICTO NÚMERO 8/2015. DEPARTAMENTO DE RECURSOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

Resolución de 26 de enero de 2015, del secretario general técnico del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos intentos.

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de las siguientes resoluciones dictadas en procedimientos sancionadores a los interesados que se expresan a continuación, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que a continuación se especifican.



De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de las citadas resoluciones pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias del Departamento de Recursos y Actuaciones Administrativas, de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias (calle Príncipe de Vergara, número 140, 28002 Madrid. Teléfono 915 889 137), en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes. Tanto en el caso de solicitar vista del expediente como fotocopias del mismo, deberán solicitarlo telefónicamente o por escrito en el Registro indicando un número de contacto para que posteriormente se dé la correspondiente cita previa.

Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

II. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativa).

III. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

El importe de dicha sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en las dependencias arriba indicadas.

Madrid, a 26 de enero de 2015.—El secretario general técnico del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, Jesús E. Guereta López de Lizaga.

(02/561/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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