Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2015

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150221-4

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2015, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, sobre registro, depósito y publicación del acta de la comisión negociadora del convenio colectivo del Sector Derivados del Cemento, aprobando el calendario laboral para el año 2015 (código número 28001175011982).

Examinada el Acta de 22 de diciembre de 2014, de la comisión negociadora del convenio colectivo del Sector Derivados del Cemento, por la que aprueban el calendario laboral para el año 2015, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se regulan sus competencias, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir el Acta de 22 de diciembre de 2014 y el calendario laboral para 2015 en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección General y proceder al correspondiente depósito en este organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de enero de 2015.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA APROBAR EL CALENDARIO DE 2015

Asistentes:

— Representación empresarial:

• Por ANEFHOP:

– Don Carlos Parra García.

• Por FEDCAM:

– Don Juan Amores Blanco.

– Don Rafael Berzosa Hoyos.

• Por la Asociación de Fabricantes de Derivados del Cemento de Madrid:

– Doña Sonia Fernández Ayala.

— Representación sindical:

• Por FECOMA-CC OO:

– Don Juan Rodríguez Díez.

• Por MCA-UGT:

– Don José Javier Gallego Cardo.

En Madrid, a 22 de diciembre de 2014, siendo las doce y treinta horas, se reúnen en la sede de la Asociación de Derivados del Cemento de Madrid, paseo de la Castellana, número 226, los miembros de la comisión negociadora del Convenio Autonómico de Madrid de Derivados del Cemento, anteriormente indicados, con objeto de elaborar, aprobar y firmar los calendarios laborales siguientes para el año 2015 de dicho sector.

En virtud de la jornada anual establecida en el convenio colectivo vigente, años 2013-2016, se fijan en primer lugar los días festivos y no laborables para que las empresas puedan establecer su propio calendario y ajustar las 1.736 horas de trabajo para el 2015 (anexo I).

Seguidamente se elabora el calendario tipo para aquellas empresas que no hagan su propio calendario y se cuadra la jornada anual a 1.736 horas con los correspondientes días no laborables (Anexo II) .

En el caso de que las fiestas locales coincidieran en sábado o en alguno de los días señalados como reducción de jornada, se compensará su disfrute con otra fecha de común acuerdo entre empresas y trabajadores.

Se acuerda, finalmente, remitir este acta, con sus Anexos, a la Dirección General de Trabajo, Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, para su registro, depósito y orden de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y a tal efecto se faculta a don Rafael Berzosa Hoyos para que gestione, vía telemática, dichas presentaciones.





(03/3.204/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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