Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2015

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150107-16

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

16
RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2014, del Rector de la Universidad de Alcalá, por la que se modifica la Resolución de 18 de marzo de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 72, de 26 de marzo de 2014), modificada por Resolución de 30 de abril de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 8 de mayo de 2014), por la que se delegan competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales de esta Universidad.

Vista la Resolución de 18 de marzo de 2014, por la que se delegan competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales de esta Universidad, y vista la delegación de competencias que se contiene en el apartado quinto en favor del/la Vicerrector/a de Docencia y Estudiantes, se advierte la ausencia de competencias que se estiman necesarias para que por parte de este órgano pueda desempeñar adecuadamente la labor asignada.

Considerando la conveniencia de que en el/la Vicerrector/a de Docencia y Estudiantes sean delegadas determinadas competencias por razones de eficiencia o operatividad, este Rectorado

RESUELVE

Modificar el apartado quinto de la Resolución de 18 de marzo de 2014, por la que se delegan competencias en diversos órganos de gobierno unipersonales de esta Universidad, adicionando al subapartado a) un inciso final, quedando redactado como sigue:

“Quinto

Delegar en el/la Vicerrector/a de Docencia y Estudiantes:

a) La planificación y ordenación académica general de las titulaciones de Grado y las relaciones con los Departamento Universitarios.

b) La gestión de la oferta docente de las titulaciones de Grado.

c) Creación, ordenación y coordinación de Facultades y Centros de la Universidad de Alcalá, así como la adscripción de centros externos.

d) La organización del acceso de los estudiantes a la Universidad.

e) Las Secretarías de alumnos, matriculación, actas, convalidación de estudios y becas.

f) La aplicación de las normas de permanencia.

g) La planificación, ejecución y seguimiento de los procesos de evaluación de la calidad.

h) La acreditación de las titulaciones.

i) La evaluación de la calidad docente.

j) La gestión de los programas de Formación de Profesorado.

k) La innovación docente y apoyo a la docencia presencial y virtual (ICE, aula virtual).

l) Las relaciones con los estudiantes y la representación ordinaria ante los órganos y organizaciones estudiantiles.

m) El apoyo y la orientación al estudiante.

n) La ejecución de los acuerdos de la Comisión de Docencia.

o) La suscripción, en nombre de la Universidad de Alcalá, de Convenios, declaraciones de intereses o pactos en materias de su competencia”.

Alcalá de Henares, a 15 de diciembre de 2014.—El Rector, Fernando Galván.

(03/39.215/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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