Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150107-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

148
Ejecución 179 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 179 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sócrates Beltrán Villarreal, frente a “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en sentencia de fecha 31 de marzo de 2014 y en todas las resoluciones posteriores, consistente en error en el primer apellido del actor, donde dice: “Real”; debe decir: “Beltrán”, en los siguientes términos.

«Que estimando la demanda interpuesta por don Sócrates Beltrán Villarreal, debo declarar y declaro la improcedencia del despido y, en consecuencia, condeno a la empresa “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, entendiendo efectuada la opción por la indemnización y declarando extinguida la relación laboral con esta fecha, a que abone al actor la indemnización cifrada en 46.371,78 euros, calculada a razón de cuarenta y cinco días por año trabajado hasta el día 12 de febrero de 2012, y de treinta y tres días a partir de ese día hasta la fecha de hoy, y la cantidad de 1.896,25 euros por los conceptos expresados, incrementada en un 10 por 100 de interés por mora los de naturaleza salarial.

Sin efectuar especial pronunciamiento frente al Fondo de Garantía Salarial».

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María José Ceballos Reinoso.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Direct, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.790/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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