Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150107-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 6

77
Procedimiento ordinario 2.314 de 2009

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 2.314 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 80 de 2014

En Madrid, a 5 de mayo de 2014.—La ilustrísima señora doña Pilar López Asensio, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 2.314 de 2009, a instancias de “Explocas, Sociedad Limitada Unipersonal”, representada por el procurador don Victorio Venturini Medina y asistida por el letrado don Fernando Velasco Muñoz, contra “Cervecería La Pizarra, Sociedad Cooperativa”, don Jorge Peña Cardaño y don Catalín Iosif, representados por la procuradora doña Gloria Messa Teichman y asistidos por el letrado don Adolfo Valderas Morales, sobre juicio ordinario, ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por “Explocas, Sociedad Limitada Unipersonal”, contra “Cervecería La Pizarra, Sociedad Cooperativa”, don Jorge Peña Cardaño y don Catalin Iosif, debo declarar y declaro resuelto el contrato de instalación de máquinas recreativas de fecha 24 de julio de 2008 suscrito entre “Explocas, Sociedad Limitada”, y la entidad “Cervecería La Pizarra, Sociedad Cooperativa”, condenando a los demandados con carácter solidario a que abonen a la demandante la cantidad de 11.553,33 euros, así como el interés legal de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, y las costas causadas.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide testimonio literal de la misma para su unión a los autos.—Certifico.

Se notifica la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días, debiendo depositar 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado en la entidad “Banco Santander”, oficina 3569, código de cuenta corriente 2434/0000/00/****/**, correspondiendo el resto de los seis números últimos al número y año de procedimiento, indicando que es para recurrir.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jorge Peña Cardaño y “Cervecería La Pizarra, Sociedad Cooperativa”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 10 de septiembre de 2014.—El secretario (firmado).

(02/6.073/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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