Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
16-12-2014

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141216-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Avocación competencias

Con fecha 17 de noviembre de 2014, el alcalde-presidente dictó decreto 14/1999, cuya parte dispositiva, en resumen, es la siguiente:

Primero.—De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC) de 30 de noviembre de 1992, avocar para esta Alcaldía el conocimiento y la gestión de la siguiente materia:

“Licencias urbanísticas de obras y parcelaciones”, cuya resolución correspondía por delegación a la Segunda Tenencia de Alcaldía, porque existen circunstancias de índole técnica y funcional que así lo exigen.

Segundo.—Con arreglo a lo previsto en el citado artículo 14 de la LRJPAC de 30 de noviembre de 1992, avocar para esta Alcaldía el conocimiento y la gestión de la siguiente materia:

“La organización y planificación de los recursos humanos”, cuya resolución correspondía por delegación a la Primera Tenencia de Alcaldía, por la concurrencia de circunstancias de índole técnica y funcional que así lo exigen, si bien limitadas al Área de Urbanismo. En este sentido, la ordenación de los recursos humanos adscritos a dicho Área es asumida por esta Alcaldía.

Colmenar Viejo, a 27 de noviembre de 2014.—La secretaria general, María Rosa ­Morales Martínez.

(03/36.855/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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