Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
16-12-2014

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141216-10

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, del Director General del Medio Ambiente, por la que se publica el fallo de la sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 16 de octubre de 2014, que declara haber lugar al recurso de casación número 4077/2012; estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Ecologistas en Acción-CODA, y anular el Decreto 36/2010, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se declara Zona de Especial Conservación (ZEC), el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) “Cuencas de los ríos Alberche y Cofio” y se aprueba el Plan de Gestión del Espacio Protegido Red Natura 2000, denominado “Cuencas y encinas de los ríos Alberche y Cofio”.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.2 de la Ley de la jurisdicción Contencioso-Administrativa y la Providencia de la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Supremo de 31 de octubre de 2014, se procede a la publicación del fallo de la Sentencia del Tribunal Supremo en el recurso de casación número 4077/2012 por el que se estima el recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por Ecologistas en Acción-CODA , y se anula el Decreto 36/2010, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se declara Zona de Especial Conservación (ZEC), el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) “Cuencas de los Ríos Alberche y Cofio” y se aprueba el Plan de Gestión del Espacio Protegido Red Natura 2000 denominado “Cuencas y encinas de los ríos Alberche y Cofio”.

«1. Ha lugar al recurso de casación número 4077/2012 interpuesto por la Asociación Ecologistas en Acción-CODA, contra la sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2 de octubre de 2012 (PROV 2012, 359723) (recurso contencioso-administrativo 870/2010 y acumulado 1238/2010 ), que ahora queda anulada y sin efecto en cuanto se refiere a la desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la referida asociación.

2. Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Ecologistas en Acción-CODA, debemos anular y anulamos el Decreto 36/2010, de 1 de julio (LCM 2010, 312), del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se declara Zona Especial de Conservación (ZEC) el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC).

“Cuencas de los ríos Alberche y Cofio” y se aprueba el Plan de Gestión del Espacio Protegido Red Natura 2000 denominado “Cuencas y encinares de los ríos Alberche y Cofio”.

3. No hacemos imposición de costas en el proceso de instancia, debiendo correr cada parte con las suyas en el recurso de casación.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Madrid, a 26 de noviembre de 2014.—El Director General del Medio Ambiente, Ricardo Riquelme y Sánchez de la Viña.

(03/37.412/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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