Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2014

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141211-45

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOECHES

RÉGIMEN ECONÓMICO

45
Modificación ordenanza

Siendo definitivo el acuerdo de modificación de la ordenanza número 2, reguladora de la determinación de las cuotas tributarias del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria, celebrada el día 30 de octubre de 2014, y transcurrido el plazo de alegaciones sin que se haya presentado ninguna, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, se publica a continuación el texto íntegro de la modificación efectuada, en el siguiente sentido:

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA NÚMERO 2, REGULADORA DE LA DETERMINACIÓN DE LAS CUOTAS TRIBUTARIAS DEL IMPUESTO SORE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Artículo 2. Las cuotas del presente impuesto serán las siguientes:



Si la Ley de Presupuestos Generales del Estado modifica las cuotas indicadas, el Ayuntamiento aplicará el coeficiente 1.

El importe de la cuota del impuesto se prorrateará por trimestres naturales en caso de alta o baja del vehículo.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente ordenanza fiscal, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2014, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2015, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

Loeches, a 9 de diciembre de 2014.—El alcalde, Antonio Notario López.

(03/37.615/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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