Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141211-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

79
Procedimiento 952 de 2013

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que se ha dictado en las presentes actuaciones de medidas de relaciones paterno-filiales, autos número 952 de 2013, seguidos a instancias de doña Verónica Vaca Echalar, frente a don Felipe Ramos Roca, parte demandada, que se encuentra declarada en situación de rebeldía procesal por paradero desconocido, la sentencia dictada con fecha 2 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Dispongo: Estimar parcialmente la demanda interpuesta por doña Verónica Vaca Echalar, frente a don Felipe Ramos Roca, y en consecuencia, se fija como medida para la regulación de las relaciones paterno-filiales del hijo menor habido en común la siguiente: la guarda y custodia del hijo menor habido en común, Juan David, se atribuye a la señora Vaca Echalar, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad a la progenitora materna.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación para su posterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandada don Felipe Ramos Roca, que se encuentra en paradero desconocido, de la resolución que pone fin al presente procedimiento, expido el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.684/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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