Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141211-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36

76
Juicio verbal 1.283 de 2013

EDICTO

Don Miguel Anaya del Olmo, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el presente procedimiento de juicio verbal número 1.283 de 2013-S, seguido a instancias del procurador señor Blanco Blanco, en nombre de la comunidad de propietarios de la calle Cipriano Sancho, número 11, frente a “Lozano Alfa Siete, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “DM Eslava Park, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 30 de abril de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña María de los Ángeles Martín Vallejo, magistrada-juez de primera instancia del número 36 de los de Madrid, los presentes autos seguidos entre la demandante, comunidad de propietarios de la calle Cipriano Sancho, número 11, representada por el procurador señor Blanco Blanco y asistida por el letrado señor Rodríguez Díaz, contra “Lozano Alfa Siete, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “DM Eslava Park, Sociedad Limitada”, declaradas en rebeldía, en el juicio verbal número 1.283 de 2013, en el que aparece el siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador señor Blanco Blanco, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Cipriano Sancho, número 11, contra “Lozano Alfa Siete, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “DM Eslava Park, Sociedad Limitada”, declaradas en rebeldía, debo condenar y condeno a las demandadas a abonar a la parte demandante la cantidad de 4.248,20 euros y a los intereses legales de dicha suma desde la fecha de interposición de la demanda, con condena en costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución podrán las partes interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación en la forma y requisitos establecidos en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dichas demandadas “Lozano Alfa Siete, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “DM Eslava Park, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a las mismas mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de mayo de 2014.—El secretario (firmado).

(02/7.620/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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