Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2014

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141211-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

65
Procedimiento 870 de 2010-X

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Octava

EDICTO

Don Luis Fernando Pareja Domínguez, secretario judicial de la Sección Octava de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario número 870 de 2010, el Tribunal Supremo (Sala Tercera) ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallamos

1.o Ha lugar al recurso de casación número 4.077 de 2012 interpuesto por la Asociación Ecologistas en Acción-CODA contra la sentencia de la Sección Octava de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 2 de octubre de 2012 (recurso contencioso-administrativo número 870 de 2010 y acumulado número 1.238 de 2010), que ahora queda anulada y sin efecto en cuanto se refiere a la desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la referida asociación.

2.o Estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Ecologistas en Acción-CODA, debemos anular y anulamos el decreto 36/2010, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se declara Zona Especial de Conservación (ZEC) el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) “Cuencas de los ríos Alberche y Cofio” y se aprueba el Plan de Gestión del Espacio Protegido Red Natura 2000 denominado “Cuencas y Encinares de los ríos Alberche y Cofio”.

3.o No hacemos imposición de costas en el proceso de instancia, debiendo correr cada parte con las suyas en el recurso de casación.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.712/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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