Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2014

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141211-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Procedimiento 492 de 2011

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Doña Beatriz Crespo Marqués, secretaria judicial de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario número 492 de 2011 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Fallamos

Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la procuradora doña Ana Llorens Pardo, en nombre y representación de la entidad “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima Unipersonal”, y en su virtud, anulamos el inciso “telefonía móvil” del artículo 2 y del artículo 6 de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial constituido en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas a favor de las empresas explotadoras de servicios de suministros, aprobada provisionalmente por acuerdo del Pleno de la Corporación el día 29 de julio de 2011 y elevado a definitivo al no formularse reclamaciones y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 1 de octubre de 2011.

Procédase a la publicación del fallo de esta sentencia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el plazo de los diez días siguientes a la firmeza de la presente sentencia.

No se efectúa especial pronunciamiento en cuanto a las costas, por lo que cada parte abonará las causadas a su instancia y las comunes lo serán por mitad.

Notifíquese la presente resolución, con la advertencia de que la misma no es firme, pudiendo interponerse recurso de casación que habrá de prepararse ante esta misma Sala en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de la presente resolución.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.639/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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