Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
09-12-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141209-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias

Secretaría General Técnica

54
Notificación procedimientos sancionadores

EDICTO NÚMERO 90/2014. DEPARTAMENTO DE RECURSOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

Resolución de 11 de noviembre de 2014, del secretario general técnico del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, por la que se dispone la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de edicto relativo a notificaciones no practicadas tras dos intentos.

Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de las siguientes resoluciones dictadas en procedimientos sancionadores a los interesados que se expresan a continuación, sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que a continuación se especifican:



De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de las citadas resoluciones pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias del Departamento de Recursos y Actuaciones Administrativas, de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias (calle Príncipe de Vergara, número 140, 28002 Madrid. Teléfono 915 889 137), en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes. Tanto en el caso de solicitar vista del expediente como fotocopias del mismo, deberán solicitarlo telefónicamente o por escrito en el Registro indicando un número de contacto para que posteriormente se dé la correspondiente cita previa.

Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 107, 116 y 117 de la LRJPAC).

II. Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

III. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la LRJPAC).

El importe de dicha sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en las dependencias anteriormente indicadas.

Madrid, a 11 de noviembre de 2014.—El secretario general técnico del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, Jesús E. Guereta López de Lizaga.

(02/7.346/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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