Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
09-12-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141209-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 27

89
Procedimiento 1.098 de 2013

EDICTO

En el juicio de procedimiento de relaciones paterno-filiales número 1.098 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo extracto es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 21 de octubre de 2014.—Don Jorge Bodes Fernández, magistrado-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial del Juzgado de primera instancia número 27 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal de relaciones paterno-filiales seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 1.098 de 2013, a instancias de la procuradora doña María del Mar Serrano Moreno, en nombre y representación de doña Aracely Magaly Álvarez Arroyo, defendida por el letrado don Alberto Delgado Jiménez, siendo parte demandada don Emerson Rodrigues Da Silva Santana, declarado en rebeldía procesal, habiendo sido parte el ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución, y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María del Mar Serrano Moreno, en nombre y representación de doña Aracely Magaly Álvarez Arroyo, contra don Emerson Rodrigues Da Silva Santana, debo declarar y declaro procedentes las siguientes medidas sobre relaciones paterno-filiales:

1.a Se atribuye a la madre, doña Aracely Magaly Álvarez Arroyo, la guarda y custodia de su hijo menor de edad, Leonardo Álvarez Rodrigues Da Silva, así como el ejercicio en exclusiva de la patria potestad.

2.a No se señala régimen de visitas a favor del padre.

3.a No se fija pensión de alimentos a cargo del progenitor no custodio ni distribución de la carga sobre los gastos extraordinarios que el menor genere.

No se hace pronunciamiento alguno en materia de costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Emerson Rodrigues Da Silva Santana, que se halla en paradero desconocido, el extracto de la presente resolución.

En Madrid, a 4 de noviembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.519/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141209-89