Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
09-12-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141209-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28

90
Procedimiento 1.156 de 2013

EDICTO

En los autos de procedimiento número 1.156 de 2013, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 281 de 2014

En Madrid, a 5 de junio de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña Emilia Marta Sánchez Alonso, magistrada-juez de primera instancia del número 28 de los de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 1.156 de 2013, promovidos por la procuradora señora Calvillo Rodríguez, en nombre y representación de don Pedro Fernández Pérez, contra doña Eva Mari Escobar Aguilar, en situación de rebeldía procesal, habiéndose dado intervención al ministerio fiscal, en base a los siguientes:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por la procuradora señora Calvillo Rodríguez, en representación de don Pedro Fernández Pérez, contra doña Eva Mari Escobar Aguilar, en situación de rebeldía procesal, declaro haber lugar a la modificación de medidas interesada y, en consecuencia, formulo los siguientes pronunciamientos:

1. Se atribuye el ejercicio exclusivo de la patria potestad al padre.

2. Se dejan sin efecto las comunicaciones de la menor con la madre.

3. Se mantienen el resto de las medidas acordadas en sentencia de fecha 29 de mayo de 2012.

Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal observando lo prevenido en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la disposición adicional decimoquinta introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación y citación a los herederos desconocidos de doña Eva Mari Escobar Aguilar, se expide la presente en Madrid, a 20 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.843/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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