Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 291

Fecha del Boletín 
06-12-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141206-3

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

OFERTAS DE EMPLEO

3
Bases provisión director gerente

Por resolución de la Presidencia de la Mancomunidad del Noroeste número 91/2014 de 11 de noviembre de 2014, fueron aprobadas las bases que han de regir la contratación de personal del puesto Directivo de Gerente de conformidad con lo dispuesto en la Oferta de Empleo Público 2014, de acuerdo con las siguientes determinaciones:

BASES PARA LA PROVISIÓN DE UN PUESTO DE DIRECTOR-GERENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL NOROESTE PARA LA GESTIÓN Y EL TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS URBANOS

1.1. Objeto de la convocatoria: el objeto de la presente convocatoria es cubrir mediante contratación de alta dirección un puesto de director-gerente de la mancomunidad de municipios del noroeste para la gestión y el tratamiento de los residuos urbanos (jornada a tiempo completo), mediante el procedimiento de Libre Designación.

De conformidad con lo previsto en la legislación de Régimen Local, su nombramiento deberá efectuarse entre el personal funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o funcionariado de la Administración Local con habilitación nacional, a quienes se exigirá para su ingreso estar en posesión de una licenciatura o un título de doctorado, ingeniería, arquitectura o equivalente, salvo que, en atención a las características del puesto directivo, su titular, si bien con dicha titulación, no tenga la condición de funcionario. En este último caso, los nombramientos deberán de efectuarse motivadamente y de acuerdo con criterios de competencia profesional y experiencia en la gestión pública o privada.

En virtud de lo establecido en la citada norma, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Empleado Público, se realiza la presente convocatoria, por la que se da publicidad a las normas que han de regir el procedimiento de cobertura del puesto de director-gerente de la Mancomunidad de Municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los residuos urbanos, que se relacionan a continuación y se establece un plazo para la presentación de solicitudes de participación en dicho procedimiento.

El puesto de director-gerente de la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de los residuos urbanos se configura como un puesto de carácter directivo, de conformidad con lo previsto en al artículo 20 de sus estatutos, que será designado y cesado libremente por la Junta de Gobierno a propuesta del presidente de la Mancomunidad entre personas que tengan la condición de empleados públicos al servicio de la Administración local, funcionarios o laborales, o la de profesionales de reconocido prestigio que ejerzan su actividad en ámbitos relacionados con la Administración Pública. Es un cargo profesional retribuido, sometido al régimen del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

1.2. Perfil:

Misión:

Ejecutar la dirección y la coordinación de la Mancomunidad de municipios del Noroeste para la gestión y el tratamiento de residuos urbanos, bajo las directrices de la Presidencia y en contacto directo con los municipios.

Funciones:

— Proponer los proyectos para alcanzar los objetivos establecidos por los órganos de gobierno, dirigir su ejecución y controlar su adecuado cumplimiento.

— Proponer al órgano competente la resolución que estime procedente sobre asuntos que afectan al órgano directivo.

— Impulsar y supervisar las actividades que forman parte de la gestión ordinaria del órgano directivo, y velar por el buen funcionamiento de los órganos y unidades dependientes del personal integrado en los mismos.

— Ostentar la jefatura y dirección del personal de la mancomunidad, sin perjuicio de las funciones del presidente.

— Las demás atribuciones que le confieren las leyes y reglamentos.

— Asistirá a las sesiones de la Junta de Gobierno y de la Asamblea General con voz y sin voto.

2. Requisitos de los aspirantes: para ser admitidos/as a los procesos selectivos, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

Requisitos generales de acceso:

a) Ser español/a o nacional de los Estados miembros de la Unión Europea, o cumplir los requisitos que establece el artículo 57 del EBEP (Ley 7/2007).

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título exigido: licenciatura.

d) Ser empleado público, funcionario o laboral al servicio de la Administración Local, o profesional de reconocido prestigio que ejerza su actividad en el ámbito público o privado.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos según lo determinado en el artículo 56.d) del Estatuto Básico del Empleado Público.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según la Ley 53/1984.

Los/as aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en las bases de convocatoria, antes del día en que finalice el plazo de presentación de la solicitud y mantener los mismos durante el proceso selectivo, a excepción de lo determinado en el apartado f), que será a partir de la contratación.

Los méritos que se valorarán para acreditar la idoneidad de los aspirantes son los siguientes:

Méritos específicos de idoneidad:

a) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas asignadas al puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria para lo cual, además, se requiere la acreditación de los siguientes méritos:

a.1. Estar en posesión del permiso de conducir tipo “B”, disponibilidad de vehículo y estar en disposición de realizar los desplazamientos necesarios para el desarrollo de las actividades propias del puesto de trabajo.

a.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, habiendo ejercido funciones de Dirección, Gerencia o Coordinación de Servicios en empresas de titularidad pública o entidades sin ánimo de lucro durante un período mínimo de cinco años.

a.3. Haber desempeñado funciones de gestión y asesoramiento, bajo cualquier régimen jurídico, en la Administración Local en materia de medio ambiente y gestión de residuos.

3. Solicitudes: los/as interesados/as deberán entregar su solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Alcobendas (según modelo que se proporcionará mediante petición realizada en la siguiente dirección de correo jfanego@aytoalcobendas.org), registro delegado actual de la Mancomunidad de municipios, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Con carácter previo las bases se publicarán íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. También se publicará en la página web del Ayuntamiento de Alcobendas.

La presentación a esta convocatoria implica la autorización del candidato a la exposición de sus datos personales en la página web citada.

Los aspirantes deberán reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos, y aceptar en su totalidad las bases que rigen la presente convocatoria.

Presentarán su solicitud adjuntando a la misma el currículum vítae, en el que harán constar, de forma fehaciente, mediante fotocopias compulsadas, o en su caso, mediante certificados de entidades públicas o privadas en las que hubieran prestado sus servicios, y la vida laboral, lo siguiente:

— Títulos académicos y profesionales.

— Puestos de trabajo desempeñados tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, y servicios efectivos prestados en cada uno de los puestos de trabajo, relacionados con la gestión medioambiental y empresarial.

— Estudios y cursos realizados.

— Cuantos otros méritos se consideren oportunos a los fines de la convocatoria.

4. Órgano técnico de valoración de la idoneidad y nombramiento.

Recibidas las solicitudes de participación y la documentación que debe acompañarlas, y una vez finalizado el plazo de presentación de las mismas, se dará traslado de las mismas al órgano técnico de valoración de la idoneidad de los aspirantes.

Dicho órgano técnico estará compuesto de la siguiente forma:

— Secretaria-interventora de la Mancomunidad del Noroeste.

— Tesorera de la Mancomunidad del Noroeste.

— Un funcionario con habilitación de carácter nacional designado por el presidente entre los que prestan servicios en los municipios mancomunados.

La función del órgano técnico consistirá en la evacuación de un informe relativo al cumplimiento por los aspirantes de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto al que optan, que remitirá al presidente de la Mancomunidad junto con las instancias y la documentación presentada, con identificación individualizada de aquellos aspirantes que reúnan los requisitos de idoneidad exigidos en la presente convocatoria.

El presidente de la Mancomunidad realizará propuesta de nombramiento al órgano competente, Junta de Gobierno de la Mancomunidad, a favor de alguno de los candidatos que han sido considerados idóneos por el órgano técnico. En dicha propuesta ha de argumentar la elección efectuada en atención a los méritos alegados por los aspirantes, dándose prioridad a aquellos que guarden relación directa con la materia y facultades del puesto que se convoca.

Al objeto de dar mayores garantías al procedimiento de cobertura, el presidente de la Mancomunidad podrá realizar entrevistas a los aspirantes considerados idóneos por el órgano técnico.

5. Presentación de documentos.

5.1. Documentos exigibles: el aspirante propuesto aportará ante la Mancomunidad del Noroeste a través de la Secretaría-Intervención de la misma los siguientes documentos acreditativos de que poseen las condiciones, la capacidad y los requisitos exigidos en la convocatoria:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, acompañada de su original para compulsar.

b) Copia autenticada o fotocopia (que deberá acompañarse junto con el original para su compulsa) del título exigido, así como los originales de los certificados de los cursos de los que se presentó fotocopia, para su compulsa.

c) Declaración jurada de no haber sido separado/a del servicio de cualquier Administración Pública, ni estar inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública por sentencia firme, mediante el ejemplar normalizado que será entregado por la Mancomunidad del Noroeste.

d) Declaración de actividades ajenas al empleo municipal a efectos de incompatibilidades mediante el ejemplar normalizado que será entregado por la Mancomunidad del Noroeste.

e) Certificado médico que acredite la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.

5.2. Plazo: el plazo de presentación de los documentos por parte del candidato propuesto será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del candidato seleccionado en el tablón de edictos del Ayuntamiento que ostenta la presidencia de la Mancomunidad.

5.3. Falta de presentación de documentos: si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase su documentación o no reuniere los requisitos exigidos, no podrá ser contratado. En este supuesto, si existen más aspirantes considerados idóneos por el órgano técnico, se retrotraerán las actuaciones al momento de la propuesta a realizar por la Presidencia de la Mancomunidad.

6. Impugnación: estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, podrán ser impugnadas por los/as interesados/as en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico para las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Alcobendas, a 11 de noviembre de 2014.—El presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/36.126/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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