Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141108-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

68
Ejecución 249 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 249 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Brahim Hdidou, don Daniel Calcerrada Ortiz, don Ionel Sandu, don Juan Rollón Blanco, don Pedro Manuel Sualdea Balaguer y don Sergio Morales Martín, frente a “Estructuras Villamartín, Sociedad Limitada”, y “Estructuras y Ferrallas Martín, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto, cuya parte dispositiva literalmente dice:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 225.454,40 euros de principal y 36.859,08 euros de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional parcial de las ejecutadas “Estructuras y Ferrallas Martín, Sociedad Limitada”, y “Estructuras Villamartín, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2803/0000/64/0249/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estructuras Villamartín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 9 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.473/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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