Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
29-10-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141029-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

107
Ejecución 48 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 48 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Conde Morales, frente a “Avanza Asociación para el Desarrollo Integral de la Persona” y Ayuntamiento de Boadilla del Monte, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de 1 de julio de 2013, cuya parte dispositiva literalmente dice:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, doña Alicia Conde Morales, frente a Ayuntamiento de Boadilla del Monte, parte ejecutada, y requiérase a la misma a fin de que en el plazo de un mes proceda a dar cumplimiento a las sumas pendientes en el presente procedimiento, que ascienden a 169 euros de principal, 10,47 euros de intereses provisionales y 17,45 euros de costas provisionales, o manifieste a este Juzgado los motivos que lo impidan, advirtiendo asimismo de la responsabilidad en que pudiera incurrir el funcionario encargado de dar cumplimiento al requerimiento en caso de no hacerlo.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición, ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada.

Así lo acuerda y firma su señoría, don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Avanza Asociación para el Desarrollo Integral de la Persona”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.271/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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