Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
15-10-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141015-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

95
Procedimiento 66 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 66 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fortunato Julio Quispe Arango, frente al Fondo de Garantía Salarial y “MMB Ingeniería y Proyectos Integrales, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Desestimo la demanda de despido del actor don Fortunato Julio Quispe Arango, por falta de prueba de la misma.

En consecuencia, absuelvo a la empresa “MMB Ingeniería y Proyectos Integrales, Sociedad Limitada”, de las pretensiones de la demanda.

Comuníquese esta sentencia al Fondo de Garantía Salarial.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 300 euros en la cuenta de este Juzgado en la sucursal del “Banco Santander”, sito en la planta primera de la sede de estos Juegos, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena. Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se hace saber a la parte demandada para el caso de recurso que han de cumplimentar la autoliquidación de tasas conforme a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 21 de noviembre de 2012), conforme al modelo que contiene la orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 15 de diciembre de 2012).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “MMB Ingeniería y Proyectos Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.444/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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