Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
11-10-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141011-15

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

15
Procedimiento ordinario 1.287 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.287 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Teresa de Jesús Bang-Matu González, frente a “Drosaleda, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 162 de 2014

En Madrid, a 14 de abril de 2014.—Vistos por mí, don Antonio Cervera Peláez-Campomanes, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, en el acto del juicio los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: doña Teresa de Jesús Bang-Matu González, como demandante, asistida por el letrado don Ángel Moisés Sánchez Grande, y como demandada, “Drosaleda, Sociedad Limitada”, no comparecida, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

Que estimando de forma parcial la demanda interpuesta por doña Teresa de Jesús Bang-Matu González, contra “Drosaleda, Sociedad Limitada”, condeno a esta a abonar a la demandante la cantidad de 2.699,30 euros, más sus intereses calculados con arreglo a un tipo anual del 10 por 100, salvo en lo que se refiere a plus de transporte y al complemento de incapacidad temporal.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el magistrado-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Drosaleda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.261/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141011-15