Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141010-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

117
Ejecución 211 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 211 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias don Manuel Jorge Riquelme Martínez, frente a don Francisco Zamora Orellano, “Sat Integral, Sociedad Limitada”, y “Servicios Energéticos 2010, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas.—En Madrid, a 7 de mayo de 2014.

Por recibido el anterior oficio de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, únase a las presentes actuaciones con entrega de copia a la parte ejecutante a los efectos legales oportunos, y visto su contenido se tienen por efectuadas las manifestaciones contenidas en el mismo.

Asimismo, habiéndose producido un ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado por importe de 15.354,09 euros, únase resguardo del citado ingreso a las presentes actuaciones, y visto su contenido, póngase a disposición del ejecutante don Manuel Jorge Riquelme Martínez la suma de 12.754,09 euros en concepto de principal pendiente, librándose el correspondiente mandamiento de devolución y debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado para retirarlo una vez sea firme la presente resolución.

Practicada por el secretario judicial la liquidación de intereses legales devengados en las presentes actuaciones, dese traslado de la misma a las partes, haciéndoles saber que en el plazo de diez días pueden impugnarla por escrito ante este Juzgado. Pasado dicho plazo, se entenderá aprobada sin ulterior recurso.

Asimismo, requiérase a la parte demandante para que en el plazo de cinco días inste lo que a su derecho convenga para la práctica de la tasación de costas, presentando, en su caso, todos los justificantes que estime oportunos de gastos de esta fase de ejecución. Adviértasele que conforme el artículo 244.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, una vez acordado el traslado a que se refiere el apartado 1 de dicho artículo no se admitirá inclusión o adición a la misma de partida alguna, sin perjuicio de su derecho para reclamarla (si le conviene) de quién y como corresponda.

Y habiendo satisfecho la totalidad de las cantidades por las que se despachó ejecución, se dejan sin efecto los embargos acordados, librándose al efecto los oportunos oficios y mandamientos.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Francisco Zamora Orellano, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.033/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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