Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141010-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE VALDEMORO NÚMERO 7

102
Procedimiento ordinario 96 de 2013

EDICTO

Doña Raquel Resa Carretero, secretaria del Juzgado de primera instancia número 7 de Valdemoro

Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento ordinario número 96 de 2013, a instancias de “Marina County, Sociedad Limitada”, contra doña Lidia Romero Humbría, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado expedir el presente con el fin de notificar la sentencia de fecha 2 de julio de 2014 recaída en los presentes autos a la demandada doña Lidia Romero Humbría conforme establece el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Alicia Orihuela Velasco, en nombre y representación de “Marina County, Sociedad Limitada”, contra doña Lidia Romero Humbría, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la actora la suma de 4.669,15 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha 10 de enero de 2013, aumentándose en dos puntos dicho interés desde la fecha de esta resolución hasta aquella en que tenga lugar su total efectividad, todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes.

Líbrese testimonio para su unión a los autos.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá presentarse ante este Juzgado por medio de escrito cumplimentando los requisitos exigidos en el artículo 458 en el plazo de veinte días hábiles siguientes al de su notificación, siendo requisito imprescindible para la admisión del recurso de apelación la constitución del correspondiente depósito.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Dado en Valdemoro, a 9 de septiembre de 2014.—La secretaria (firmado).

(02/5.962/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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