Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141010-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 46

95
Procedimiento ordinario 1.270 de 2012

EDICTO

Don Pedro Sáenz Pastor, secretario del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid.

Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento ordinario número 1.270 de 2012, a instancias del procurador don Jorge Deleito García, en representación de “Lease Plan Servicios, Sociedad Anónima”, contra “Technogest Alday, Sociedad Limitada”, quien se encuentra en la actualidad en paradero desconocido, he acordado notificar a dicha demandada la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Vistos por el ilustrísimo señor don Javier Sánchez Beltrán, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario seguidos al número 1.270 de 2012, en virtud de demanda interpuesta por el procurador don Jorge Deleito García, en representación de “Lease Plan Servicios, Sociedad Anónima”, contra “Technogest Alday, Sociedad Limitada”, sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Jorge Deleito García, en representación de “Lease Plan Servicios, Sociedad Anónima”, contra “Technogest Alday, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro resueltos los contratos de alquiler de fechas 1 de septiembre de 2012 y 28 de junio de 2011 sobre los vehículos “BMW” matrícula 2182GYL y “Opel”, matrícula 8894HDY, respectivamente, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha resolución, así como a devolver los referidos vehículos; asimismo, a abonar a la actora la cantidad de 3.162,58 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda y los intereses legales de 3.166,58 euros (cantidad ya pagada) desde la fecha de presentación de la demanda hasta el día 29 de noviembre de 2012, y las cantidades equivalentes a las rentas mensuales de alquiler dejadas de percibir por la actora desde el día 1 de julio de 2012 hasta el día en que la entidad “Lease Plan Servicios, Sociedad Anónima”, consiga la posesión efectiva de los vehículos.

Se imponen las costas del procedimiento a la parte demandada.

Notifíquese a las partes la presente resolución, advirtiéndoles que la misma no es firme y que contra ella puede interponerse, en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a la notificación, recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Al interponerse el recurso deberá además el recurrente acreditar haber hecho depósito de la suma de 50 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banco Español de Crédito”, agencia 1845, de la calle Capitán Haya, número 66, de Madrid, al número 2540/0000/ 04/1270/12. Solo si el recurso resultare estimado se devolverá la suma consignada por el recurrente.

Y para que sirva de notificación a la demandada, cuyo domicilio actual se ignora, haciéndole saber que contra la anterior sentencia podrá interponer recurso de apelación en el término de cinco días hábiles, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 1 de septiembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.844/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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