Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
29-09-2014

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140929-29

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2014, de la Dirección General del Medio Ambiente, por la que se ordena la publicación de los requerimientos de pago de sanción por infracción en materia de protección animal.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de sus destinatarios de los requerimientos de pago de la sanción impuesta como consecuencia de los procedimientos sancionadores que se relacionan en el Anexo, iniciados al efecto por infracciones administrativas a la normativa vigente en materia de protección animal, he resuelto ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992).

Habiendo sido estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto, ponemos en su conocimiento que el importe de la multa deberá hacerse efectivo por ingreso directo en la cuenta restringida número 2038/1031/59/6400007120, denominada “Otras Sanciones-Sanciones Sanidad Animal” de la Comunidad de Madrid, abierta en la oficina de “Bankia”, paseo de las Delicias, número 6, de esta capital, haciendo referencia al número de expediente reseñado en el Anexo, en los períodos voluntarios que establece el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que se detallan a continuación:

a) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

De no abonarse dentro de dicho período voluntario y de no concurrir ninguna de las circunstancias establecidas en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, y artículo 28.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, se procederá a su exacción por vía de apremio, sin más trámite, con los recargos correspondientes fijados en el artículo 28 de la Ley General Tributaria citada.

Asimismo, se informa de que el interesado puede solicitar, en el plazo señalado anteriormente, un fraccionamiento de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley General Tributaria y en los artículos 44 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. En cualquier caso, se devengará el interés de demora regulado en la Ley General Tributaria, artículo 26.6 (según la disposición adicional trigésima segunda de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, será el 5 por 100).

El justificante o resguardo del ingreso deberá presentarse o remitirse en el plazo de diez días siguientes al mismo, a la Dirección General del Medio Ambiente [Sección de Expedientes Sancionadores (Gran Vía, número 3, quinta planta, 28013 Madrid), para su debida constancia en el expediente, el cual no se estimará concluso sin el cumplimiento de este requisito. Se señala que es imprescindible que figure en el justificante el nombre del sancionado (no el de quien realice el ingreso) y el número del expediente.

Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, les informamos de que los expedientes en cuestión obran en las dependencias de esta Dirección General (Gran Vía, número 3, 28013 Madrid) a los efectos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Madrid, a 11 de septiembre de 2014.—El Director General del Medio Ambiente, PDF (Resolución de 7 de junio de 2013), el Subdirector General de Recursos Agrarios, Jesús Carpintero Hervás.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE REQUERIMIENTO DE PAGO

Imputado. — NIF. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Precepto infringido. — Sanción. — Órgano competente para resolver y norma que le atribuye tal competencia

Rubén Berrio Sainero. — 53467359-H. — Avenida Pintor Antonio López, número 12, escalera 2, primero G, 28320 Pinto (Madrid). — PA-1/12. — Artículo 24.1.a) de la Ley 1/1990, de Protección de Animales Domésticos, calificada como leve, artículo 24.2.a) de la misma Ley, calificada como grave, y artículo 13.1.b) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, Reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, calificada como muy grave. — 21.035,42 euros. — Director General del Medio Ambiente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, Reguladora del Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y el artículo 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de Animales Domésticos. Todo ello, según lo dispuesto en el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 11/2013, de 14 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

(01/3.291/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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