Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
29-09-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140929-146

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

146
Ejecución 240 de 2013-J

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 240 de 2013-J de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Mihaela Mircea, frente a “Hostelería Grupo de Restauración El Raco, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 15 de julio de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del auto de extinción de la relación laboral de fecha 27 de febrero de 2014, a favor de la parte ejecutante, doña Cristina Mihaela Mircea, frente a la demandada “Hostelería Grupo de Restauración El Raco, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 33.085,27 euros, más 1.985,11 euros y 3.308,52 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco de Santander” 2805-0000-64-0240-13.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez, doña María Luisa Gil Meana.

Decreto

En Madrid, a 15 de julio de 2014.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que, de no ser así, se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco de Santander” número 2805-0000-64-0240-13.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial, David Atienza Marcos.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hostelería Grupo de Restauración El Raco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 15 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.975/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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