Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
29-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140829-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

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Procedimiento 396 de 2013

EDICTO

En el presente procedimiento número 396 de 2013, de medidas paterno-filiales, seguido a instancias de doña Verónica Vargas Hernández, frente a don Emmanuel Ekoko Akwo, se ha dictado sentencia con fecha 4 de julio de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don Pablo Hernaiz Pascual, en nombre y representación de doña Verónica Vargas Hernández, contra don Emmanuel Ekoko Akwo, que se mantuvo en situación de rebeldía procesal, y en consecuencia, acordar las siguientes medidas:

1. Se atribuye a la madre la guarda y custodia de las menores, África Josephine y María Teresa, así como el ejercicio exclusivo de la patria potestad.

2. No se fija régimen de visitas, estancias o comunicación alguno a favor del padre, ni tampoco pensión de alimentos a su cargo, sin perjuicio de que se puedan alterar tales pronunciamientos de modificarse las circunstancias concurrentes.

3. Se prohíbe la salida del territorio nacional de las hijas menores, así como que les sea expedido pasaporte, salvo acuerdo fehaciente entre ambos progenitores o autorización judicial previa.

Procede declarar las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil que, en su caso, habrá de interponerse, ante este Juzgado, dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de la misma. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 66 de Madrid.—Doy fe.

Y encontrándose dicho demandado don Emmanuel Ekoko Akwo en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Madrid, a 4 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.148/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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