Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 203

Fecha del Boletín 
27-08-2014

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140827-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

40
Resolución concejala-delegada de Economía y Hacienda

Intentada la notificación en el domicilio del interesado por dos veces, sin haber sido posible su práctica por causas no imputables a esta Administración, se procede a la publicación de la resolución de la concejala-delegada de Economía y Hacienda 1104/2014, de 30 de mayo, cuyo texto es el siguiente:

1. Requerir a don Javier Castillo Ruiz, NIF 70050110-E, la restitución de la cantidad de 2.841,33 euros como consecuencia de los pagos indebidos puestos de manifiesto en la parte expositiva.

2. Notificar el presente acuerdo al interesado con indicación de que el ingreso podrá realizarse en la cuenta 2038 2232 93 6000018438, abierta en la oficina de “Bankia”, calle Doctor Calero, de este municipio, en los plazos establecidos en artículo 62.2 de la Ley 58/2003, General Tributaria:

a) Recibida la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Recibida la notificación entre los días 16 y último de cada mes, hasta el 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponer el recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, regulado en los artículos 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su notificación, ante el mismo órgano que dictó el acto.

Contra la desestimación expresa o presunta, en su caso, del recurso de reposición referido, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria, cuando esta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que el referido recurso de reposición deba entenderse desestimado de forma presunta, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, podrá presentar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

La interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Majadahonda, a 31 de julio de 2014.—La concejala de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Majadahonda, Carmen Menéndez Rodríguez.

(02/5.232/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140827-40