Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
19-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140819-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 80

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Procedimiento 73 de 2013

EDICTO

Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso número 73 de 2013 seguido a instancias de don Carlos Alberto Garay Vargas, contra doña María Elena Pastor Villafáñez, declarada en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 26 de noviembre de 2013, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 575 de 2013

En Madrid, a 26 de noviembre de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Dolores Planes Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 80 de Madrid, los autos seguidos en este Juzgado al número 73 de 2013, sobre divorcio, a instancias de don Carlos Alberto Garay Vargas, representado por el procurador don José Luis Barragués Fernández y asistido del letrado don Augusto Miranda Turín, contra doña María Elena Pastor Villafáñez, declarada en situación de rebeldía procesal, en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador señor Barragués Fernández, en nombre y representación de don Carlos Alberto Garay Vargas, contra doña María Elena Pastor Villafáñez, debo declarar y declaro disuelto su matrimonio, por divorcio, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días, previa acreditación de la realización del depósito que exige la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a doña María Elena Pastor Villafáñez y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID extiendo y firmo la presente.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/3.948/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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