Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140806-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 61

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Procedimiento 1.658 de 2007

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento número 1.658 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 68 de 2013

En Madrid, a 20 de marzo de 2013.—Vistos por la ilustrísima señora doña Miren Nekane Yagüe Egaña, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 61 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 1.658 de 2007, seguidos en virtud de demanda interpuesta por la procuradora señora Rodríguez Puyol, en nombre y representación de doña Carmen Rojo Velasco, contra doña Ana Gil Martín, don Manuel Gil Martín, doña Saturnina Yebra Martín, doña María Heras Barbero, doña María Isabel de Yebra Heras, doña Ana de Yebra Heras, don Carlos de Yebra Heras, doña Pilar Gil Martín, don José Ballester González y “Byrsa Asesores Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ejercicio de la acción sobre otorgamiento de escritura pública de compraventa.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procuradora señora Rodríguez Puyol, en nombre y representación de doña Carmen Rojo Velasco, debo condenar y condeno a doña Ana Gil Martín, doña Carmen Pilar Gamir Rubert, don Manuel Gil Martín, don Alfonso Raimundo Gil Gamir, doña Saturnina Yebra Martín, doña Ana Cristina González de Yebra, don Carlos Antonio de Yebra Heras, don Carlos de Yebra Heras y doña Pilar Gil Martín a otorgar escritura pública de venta a favor de la demandante con respecto a los pisos cuarto C y quinto C del número 96 de la calle Hortaleza, de Madrid; asimismo, debo absolver a don José Ballester González y a “Byrsa Asesores Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal”, de los pedimentos contenidos en la demanda, sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas a excepción de las causadas a instancias de los codemandados absueltos, que serán a cargo de la parte actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, al interponer el recurso deberá acreditarse haber constituido el depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” del Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2658/0000/número de procedimiento, sin el cual no se admitirá a trámite el mismo.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la misma magistrada-juez que la dictó estando celebrando audiencia previa el mismo día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Pilar Gil Martín se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 31 de julio de 2013.—El secretario (firmado).

(02/4.891/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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