Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
06-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140806-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49

74
Procedimiento 505 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal número 505 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 199 de 2013

Magistrada-juez de primera instancia, doña Amelia Reillo Álvarez.—En Madrid, a 25 de octubre de 2013.

Parte demandante, “David González Plata, Sociedad Anónima Unipersonal”, con abogada doña Ángela Irene Illana Sánchez y procurador don Manuel María García Ortiz de Urbina, y parte demandada, don Marfan Burlalea, don Maruntelu Toma Danu y “Zurich”, con abogado sin profesional asignado, sin profesional asignado y doña Ana María Josa Cirilo, respectivamente, y procurador sin profesional asignado, sin profesional asignado y doña Alejandra García Valenzuela Pérez, respectivamente, siendo objeto del juicio reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador don Manuel María García Ortiz de Urbina, en nombre y representación de “David González Plata, Sociedad Anónima Unipersonal”, dirigida contra los demandados don Marfan Burlalea, don Maruntelu Toma Danu y “Zurich”, debo condenar y condeno a los demandados, conjunta y solidariamente, a que abonen a la parte actora la cantidad de 2.882,79 euros, más intereses legales y costas del presente procedimiento.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la dictó al estar celebrando audiencia pública el día de hoy, que es el de su fecha, por ante mí, la secretaria.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Marfan Burlalea y de don Maruntelu Toma Danu se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 25 de junio de 2014.—La secretaria (firmado).

(02/4.888/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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