Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140725-124

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

124
Ejecución 138 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial, en funciones de sustitución, del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 138 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Daniel Herranz Salinero, frente a “Projectes i Obres Levante, Sociedad Anónima”, y “Proyectos y Obras Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, don Jorge Daniel Herranz Salinero, frente a las demandadas “Projectes i Obres Levante, Sociedad Anónima”, y “Proyectos y Obras Madrid, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 102.986,11 euros, más 7.209,02 euros y 10.298,61 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Se acuerda que el embargo preventivo acordado en autos de fecha 9 de julio de 2013 respecto de los bienes de la coejecutada “Proyectos y Obras Madrid, Sociedad Limitada”, se convierta en definitivo.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2515/0000/64/0138/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Paloma Rebate Labrandero.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Projectes i Obres Levante, Sociedad Anónima”, y “Proyectos y Obras Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.537/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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