Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140722-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

31
Aprobación disolución Junta de Compensación

Anuncio para publicar la aprobación definitiva de la disolución de la Junta de Compensación del Suelo Urbanizable Programado 1.02 “La Catalana”. Distrito de Vicálvaro.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en la sesión celebrada el 5 de junio de 2014, y en el expediente administrativo con el número de referencia 711/2013/24795, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación del Suelo Urbanizable Programado 1.02 “La Catalana”, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 10 de la Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid, de aplicación según lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid; el artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, y el artículo 41 de los Estatutos de la Junta de Compensación del Suelo Urbanizable Programado 1.02 “La Catalana”, Distrito de Vicálvaro, al haberse producido el cumplimiento de los fines para los que fue creada, así como haberse suscrito con el Ayuntamiento de Madrid el acta de recepción definitiva de las obras de urbanización y formalizado las cesiones obligatorias.

Segundo.—Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión.

Tercero.—Dar traslado del presente acuerdo al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid según lo dispuesto en el artículo 164 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del presente o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 26 de junio de 2014.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

(02/4.447/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140722-31