Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2014

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140722-8

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

8
DECRETO 82/2014, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la prevalencia del uso como equipamiento sanitario (cementerio) sobre el forestal en la franja de terreno de 7.400 metros cuadrados, situado en el monte denominado “Cerca Cabilda”, propiedad del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid con el número 8, desafectando dicha parcela, y se aprueba su permuta por otra franja de terreno de 30.000 metros cuadrados que se agrega al monte “El Ejido”, número 10 del CUP, colindante al mismo y propiedad de dicho Ayuntamiento, modificando el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid.

Mediante acuerdo plenario de 2 de abril de 1997, el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares aprueba la propuesta de exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (en adelante CUP) de una superficie de 7.400 metros cuadrados del monte número 8 denominado “Cerca Cabilda”, cuyo objeto es la de obtención de terrenos para ampliación del cementerio.

Para compensar la disminución de superficie que soportará el monte número 8 del CUP, el Ayuntamiento ofrece integrar en el monte número 10 denominado “El Ejido” una superficie de 30.000 metros cuadrados pertenecientes a una parcela de su propiedad (parcela 66 del polígono 2 del catastro de rústica de Hoyo de Manzanares) y colindante con este monte, para su declaración de utilidad pública y su inclusión en el CUP, añadiéndola al monte número 10.

El expediente se informó favorablemente por Patronato del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, con fecha 26 de febrero de 1997, y por la Dirección General Educación y Prevención Ambiental, con fecha 18 de febrero de 1997.

Mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, de 10 de septiembre de 1997, se aprobó definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Hoyo de Manzanares, cambiándose la calificación de terrenos de zona verde a equipamiento sanitario para ampliar el cementerio municipal, indicando que se procedería a la exclusión del Catálogo de Montes de la parcela de 7.400 metros cuadrados afectada, sin que llegara a realizarse tal exclusión de manera expresa. Por tal motivo el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, con fecha 19 de febrero de 2004, reitera la solicitud de desafectación.

Con fecha 24 de marzo de 2014, la Dirección General del Medio Ambiente emite informe favorable sobre la solicitud de permuta presentada por el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares para ampliar el cementerio municipal.

Por Resolución 2014-683-ADPF, de 10 de abril de 2014, del Director General del Medio Ambiente, se somete a los trámites de audiencia a los interesados e información pública la permuta, siendo publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 22 de mayo de 2014. Durante el plazo establecido no se presentaron alegaciones.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y el artículo 21.1.c) de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno la competencia para clasificar terrenos como monte de utilidad pública y para excluirlos del Catálogo. En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de conformidad con los artículos 11.4 y 21.1.c) de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión del día 17 de julio de 2014,

DISPONE

Primero

Declarar la prevalencia del uso como equipamiento sanitario (cementerio) sobre el forestal en la franja de terreno de 7.400 metros cuadrados, situada en el monte denominado “Cerca Cabilda”, incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid con el número 8, propiedad del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares y situado en el mismo término municipal, recogida en el apartado “A” del Anexo.

Segundo

Desafectar de su carácter de utilidad pública la franja de terreno descrita en el apartado “A” del Anexo.

Tercero

Excluir del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid la citada parcela, descrita en el apartado “A” del Anexo.

Cuarto

Declarar de utilidad pública la superficie de terreno de 30.000 metros cuadrados (parcela 66 del polígono 2 del catastro de rústica de Hoyo de Manzanares) colindante al monte “El Ejido” (número 10 del CUP), propiedad y término del Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares, descrita en el apartado “B” del Anexo.

Quinto

Incluir en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid la parcela descrita en el apartado “B” del Anexo, que pasará a formar parte del monte “El Ejido”, incluido en el Catálogo de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid con el número 10.

Sexto

En aplicación del artículo 43 de la Ley 16/1995, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, el promotor estará obligada a reforestar una superficie no inferior al doble de la ocupada cuando se produzca una disminución de suelo forestal por actuaciones urbanísticas o sectoriales. Dado que el terreno a incorporar ya tiene vegetación arbórea, se deberán reforestar como compensación 14.800 metros cuadrados en otra parcela del municipio que se encuentre desarbolada en la actualidad.

Séptimo

La Dirección General del Medio Ambiente realizará las operaciones y trámites necesarios para dar efectividad sobre el terreno a lo dispuesto en esta propuesta y rectificar, en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, la descripción de los montes “Cerca Cabilda” y “El Ejido” (números 8 y 10 del CUP), según las nuevas características que le correspondan.

Madrid, a 17 de julio de 2014.

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, BORJA SARASOLA JÁUDENES

El Presidente, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

ANEXO

DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA PARCELA QUE SE SEGREGA DEL MONTE “CERCA CABILDA”, PARA SU EXCLUSIÓN DEL CATÁLOGO DE MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y DE LA PARCELA QUE SE AGREGA AL MONTE “EL EJIDO” PARA SU INCLUSIÓN EN EL CITADO CATÁLOGO

A) Parcela que se segrega del monte:

Provincia: Madrid.

Partido judicial: 19, Colmenar Viejo.

Término municipal: Hoyo de Manzanares.

Denominación del monte: Franja de terreno perteneciente a “Cerca Cabilda”.

Número con el que consta en el Catálogo: 8.

Pertenencia: Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares.

Cabida total segregada: Superficie, 7.400 metros cuadrados.

Relación de enclavados: No existen.

Cabida pública: Superficie, 7.400 metros cuadrados.

Parcela catastral a la que pertenece la finca: 3977944VK2937N0001BO. CM Cementerio 11 (D).

B) Parcela que se agrega al monte:

Provincia: Madrid.

Partido judicial: 19, Colmenar Viejo.

Término municipal: Hoyo de Manzanares.

Denominación de la finca: Junto al arroyo Maninas y colindante con el MUP “El Ejido”.

Denominación del monte al que se agrega: El Ejido.

Número con el que consta en el Catálogo el monte al que se agrega: 10.

Pertenencia: Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares.

Cabida total: Superficie, 30.000 metros cuadrados.

Relación de enclavados: No existen.

Cabida pública: Superficie, 30.000 metros cuadrados.

Servidumbre y cargas: La parcela se encuentra libre de cargas. Identificación de las unidades constituyentes de la parcela: Catastro de rústica del término municipal de Hoyo de Manzanares.

Parcela:

— Polígono: 2. Parcela: 66. Superficie: 681.721 metros cuadrados. Superficie a agregar: 30.000 metros cuadrados. Referencia catastral: 28072A002000660000XW.

La parcela que se agrega al MUP 10 “El Ejido” tiene 30.000 metros cuadrados y es una parte de la parcela 66 del polígono 2.

(03/23.339/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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